Este jueves 16 de enero, los gobiernos de Colombia y Estados Unidos acordaron y firmaron una nota interpretativa del capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio vigente entre los dos países, en vigor desde mayo de 2012.
Durante una reunión entre el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes; y la representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, se formalizó la firma de la Decisión Nueve de la Comisión de Libre Comercio, en la que ambos Estados suscriben la declaración interpretativa sobre algunos aspectos del capítulo de inversión.
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La nota, que es una herramienta contemplada dentro del acuerdo, aclara la interpretación correcta que debe hacerse al capítulo 10, que es el que aborda lo relacionado con inversiones, específicamente en lo que tiene que ver con las disputas entre el Estado y los inversionistas, y no modifica el texto original del TLC.
“Esta aclaración es importante tanto para las expectativas de los inversionistas, como para los compromisos de los Estados y para la resolución de controversias por parte de jueces y autoridades nacionales, y árbitros internacionales”, aseguró el MinCIT.
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Nuevas salvedades
Esta nota interpretativa aclara para los interesados los compromisos de protección que asume cada país ante ambigüedades que se puedan presentar en el marco del acuerdo. Y es que se han identificado términos que pueden llevar a malas interpretaciones de los compromisos pactados en el inicio del acuerdo.
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Igualmente, en esta nota se reafirma el derecho que tiene cada Nación de emitir nuevas regulaciones en cumplimiento del desarrollo de sus políticas públicas y en defensa del interés público, como la protección al medio ambiente.
También se ratifica que si las inversiones no se ajustan a las normas internas del país receptor, no se beneficiarán de la protección. Esto excluye la protección de inversiones ilícitas.
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En temas de justicia, esta establece que los tribunales de inversión no son una segunda instancia de las decisiones internas de cada país, con lo cual no pueden revisar el fondo de las decisiones emitidas por los jueces y autoridades nacionales.
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De igual manera, la nota reitera que los inversionistas tienen la carga de demostrar sus reclamaciones y acreditar que estas no obedecen a meras expectativas o a «posibles daños futuros o hipotéticos«, sino que se sustentan en evidencias objetivas y concretas.
La nota interpretativa deja claras las reglas de no discriminación a inversiones extranjeras y hace explícito que estas no implican que cualquier trato diferente es discriminatorio y que los inversionistas no serán sometidos a un trato discriminatorio basado en su nacionalidad. Además, puntualiza que los inversionistas tampoco pueden usar estas reglas para escoger ‘a la carta’ las protecciones que más les sea conveniente dentro del portafolio de tratados de inversión suscritos por cada una de las partes.
“La declaración, lejos de destruir los incentivos a la llegada de inversión extranjera, los refuerza para aquellas inversiones que tienen vocación de beneficiar tanto a los inversionistas como a la sociedad colombiana que las acoge”, aclaró el ministro Reyes.
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La emisión de la nota corresponde con la solicitud que, en varias ocasiones, se había hecho desde el Congreso de los Estados Unidos para balancear estos instrumentos, y que coinciden con los intereses planteados por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.
La nota está en línea con las discusiones que, en el orden multilateral, se han dado en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde) y en las Naciones Unidas.
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