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ANLA reafirmó la suspensión de la administración del Grupo Porturario en el Muelle 13

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) reafirmó su competencia ambiental sobre la operación del Muelle 13 de Buenaventura, al ser considerado un puerto de gran calado según los parámetros establecidos en la normativa vigente. Esta determinación se fundamentó en lo estipulado en el Decreto 1076 de 2015 y en información proporcionada por autoridades como la Dirección Marítima (DIMAR), la Superintendencia de Puertos y Transporte y la decisión de un juez de la República.

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“Los puertos de gran calado movilizan más de 1.500.000 toneladas al año y permiten el atraque de embarcaciones iguales o superiores a 27 pies”, indica el artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 de 2015. En virtud de esta clasificación, la ANLA ejerce competencia exclusiva para otorgar licencias ambientales relacionadas con la operación de este tipo de muelles.

El 18 de diciembre de 2024, la ANLA recibió el expediente del proyecto “Muelle 13”, previamente administrado por el Establecimiento Público Ambiental del Distrito de Buenaventura (EPA). Tras revisar la documentación, la entidad emitió el Auto 11665 del 27 de diciembre de 2024, formalizando su competencia y asumiendo las actuaciones administrativas relacionadas.

Durante esta revisión, la ANLA identificó que el plan de manejo ambiental aprobado en 2002 no había sido actualizado. Según la entidad, “la falta de una línea base ambiental representa un alto riesgo para la evaluación adecuada de los impactos generados por la operación del muelle, incluyendo riesgos de contaminación y posibles daños a los medios físico, bítico y socioeconómico”.Vea también: La Procuraduría lanzó un SOS por los puertos colombianos y pidió su modernización

Buenaventura

El puerto de Buenaventura ya logró llegar a un nivel de ocupación de solo 60 %.

Archivo EL TIEMPO

Ante estos hallazgos, el 2 de enero de 2025, mediante la Resolución 004, la ANLA impuso una medida preventiva de suspensión temporal de actividades en el Muelle 13. Esta medida afecta a la sociedad Grupo Portuario S.A., responsable de la operación del muelle. La ANLA explicó que la suspensión se mantendrá hasta que el operador presente un instrumento de manejo y control ambiental actualizado y adecuado, que contemple medidas específicas para mitigar, prevenir, corregir y/o compensar los impactos ambientales identificados.

Durante la vigencia de la medida de suspensión, la ANLA, en coordinación con otras autoridades, supervisará las condiciones ambientales para garantizar que las operaciones suspendidas no generen riesgos adicionales. “La sociedad operadora deberá contar con un plan de contingencia que permita mitigar posibles riesgos y garantizar la seguridad en caso de interrupciones operativas”, informó la entidad.

El 9 de enero de 2025, la ANLA fue notificada sobre la admisión de una acción de tutela presentada por Grupo Portuario S.A. La acción busca suspender los efectos de la Resolución 004 del 2 de enero de 2025, que ordenó la suspensión temporal de las actividades en el muelle.

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Puerto de Buenaventura

En el puerto de Buenaventura hay 454.000 toneladas represadas por el paro. C. C. de Buenaventura

Archivo

Frente a esto, la ANLA reiteró su compromiso con la normativa ambiental y aseguró que trabajará de manera coordinada con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como con otras autoridades, para garantizar el cumplimiento de la legislación vigente y la protección del medio ambiente.

Además, la Procuraduría General de la Nación solicitó información a la ANLA sobre el caso. La entidad indicó que atendió este requerimiento con el apoyo de su equipo técnico y jurídico. “Todas las decisiones tomadas están enmarcadas en nuestras competencias legales y orientadas a garantizar un desarrollo sostenible”, afirmó la autoridad ambiental.

PAULA GALEANO BALAGUERA

Periodista de Portafolio