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¿La conocía? La norma que le permite evitar que se lleven su carro a patios

Por lo general, se procura que los conductores en Colombia tengan más que claras las normas que deben cumplir al momento de estar conduciendo un vehículo; sin embargo, el marco normativo suele abarcar numerosas situaciones que más de uno pude ignorar.

Una de estas, quizá una de las que más preocupan a los conductores de cualquier tipo de vehículo autorizado para transitar en las carreras nacionales, tiene que ver con la inmovilización por la infracción de una norma.

Esto es algo bastante común, pues la ley de tránsito específica en su apartado de sanciones varias acciones irregulares que pueden valer para que un vehículo sea llevado a patios, entre estas, estacionar un carro o moto en un lugar indebido.

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Patios

Patios

Rodrigo Sepúlveda y Carlos Ortega / EL TIEMPO

Sin embargo, en el caso puntual de la ciudad de Bogotá, desde el Concejo distrital se ha denunciado que existe un negocio escondido tras la inmovilización de vehículos y algo que quizá haya pasado desapercibido para muchas personas es que existe un periodo de tiempo en el que la infracción cometida se pueda subsanar, evitando así la inmovilización del vehículo.

Y es que de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, la inmovilización de un vehículo consiste en la suspensión de la circulación de un vehículo y, para ello, este es llevado a parqueaderos autorizados por las autoridades, comúnmente conocidos como patios, hasta que la sanción sea subsanada o que la causa que dio origen a la infracción cese, a menos de que se subsane en el ligar en el que se hizo la infracción.

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Según el Ministerio de Transporte, la autoridad de tránsito podrá inmovilizar un vehículo como una medida preventiva sin llevarlo a los patios hasta que no se resuelva la causa que dio origen a la inmovilización del vehículo, contando a partir de ahí un periodo de una hora. Si esto no se resuelve en este lapso de tiempo, el vehículo será trasladado a los patios.

Multas

Multas

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Por qué pueden inmovilizar mi vehículo

Pese a que existan deferentes razones por las cuales las autoridades de tránsito pueden inmovilizar un vehículo, cabe mencionar que hay siete casos en los que se le debe dar al conductor o dueño del mismo este tiempo prudencial de una hora para resolver. No obstante, esto no significa que en caso de tener que pagar una multa quede exento de esta.

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– Conducir sin licencia de conducción o una fotocopia autenticada.

– Transportar carga no asegurada.

– Llevar el caso mal abrochado o no llevarlo puesto, en el caso de los motociclistas.

– Llevar una carga o pasajeros que obstruyan la visibilidad del conductor.

– Conducir sin haber obtenido una licencia de conducción.

– Conducir un vehículo sin tener un certificado impreso o digital del Seguro Obligatorio por Accidentes de Tránsito (Soat) vigente.

– Conducir un vehículo sin luces.

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