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Mintransporte define criterios para el proceso de homologación de tricimóviles

Dichas modificaciones en el proceso quedaron establecidas con la emisión de la resolución 20243040038565 y hacen parte de los objetivos del Gobierno por una movilidad más sostenible. 

En el documento se establecen las disposiciones relacionadas con los elementos de protección, características y dispositivos. Las mismas rigen en todo el territorio nacional para las empresas que se dediquen a la importación, fabricación, ensamble y distribución de este tipo de vehículos, así como para sus propietarios. 

Con esta nueva normativa, los interesados en realizar la homologación de los vehículos que cumplan con las condiciones deberán seguir el proceso virtual a través del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt). Para ello deberán adjuntar los documentos correspondientes, incluyendo los estudios de distribución de pesos y el certificado emitido por el fabricante del vehículo. 

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La resolución también señala que el propietario y la empresa de transporte a la que se vincule el vehículo son responsables de mantener las condiciones originales del triciclo o tricimóvil no motorizados, lo cual será verificado por la autoridad de transporte competente. 

Otros de los aspectos señalados en esta norma incluyen aspectos relacionados con el registro y circulación de estos vehículos, sus características técnicas, entre otras definiciones.  

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